Los beneficiarios.

Los beneficiarios son exclusivamente:
a) Personas físicas residentes en CLM, que acreditarán su residencia entregando al comerciante donde realicen la compra del equipo, fotocopia de su DNI con domicilio en la región. Todos aquellos casos en que el domicilio de su DNI no coincida con el que figure en su solicitud como residencia regional, deberán acompañar con la fotocopia del DNI, certificado de empadronamiento en localidad regional.

B) Asociaciones y otras entidades sin animo de lucro con sede social en CLM, que acreditarán su condición ante el comerciante adherido donde finalmente piensen realizar su compra de equipos, mediante escrito de declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos a este tipo de beneficiarios, que le facilitará el comerciante, de acuerdo con el contenido del Anexo II de la Orden que contiene la convocatoria de ayudas antes citada.
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Contenido de las ayudas.
Las ayudas consisten en la concesión por alguna de las entidades financieras adheridas al programa de acuerdo con su normativa de garantías de créditos al consumo, de un préstamo sin intereses ni coste alguno por comisiones o cualquier otro concepto (equivalente a la ayuda concedida), por el importe de la compra de los equipos a realizar que puedan acogerse en número y cuantía económica de acuerdo con la convocatoria y que en epígrafe siguiente se detalla explícitamente. El beneficiario deberá devolver el principal en 20 mensualidades con importes de igual cuantía hasta completar el total del principal del préstamo.

Límites de las ayudas.
Los límites se fijan tanto por el número de equipos informáticos atendiendo al tipo de beneficiario, como por el coste unitario por equipo admitido en la convocatoria. Entendiendo por equipo Informático, conjunto formado por al menos un ordenador completo de sobremesa o portátil con unos requisitos técnicos mínimos que se detallan más adelante, al que se le pueden añadir periféricos y accesorios complementarios como impresoras, y escaners. Estos límites se concretan en:

A) Un equipo por cada persona física solicitante y hasta tres equipos por asociación o entidad sin ánimo de lucro.
B) Tener un coste por equipo entre 600 €uros y 3.000 €uros. No cabiendo compensar saldos para el caso de las asociaciones que pueden adquirir hasta 3 equipos, si la compra no es simultanea para 2 o los 3 equipos.
 
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